Plazo de presentación: 1 de enero/31 de marzo de 2023.
Plazo de vigencia: 3 años (2024 hasta 2026 inclusive).
Lugar de presentación: Registro de entrada de Ayuntamientos, oficinas del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local y en Epremasa (sede física o electrónica).
Normativa: Ordenanza Provincial (BOP no 244 de 23 de diciembre de 2020).
REQUISITOS:
➢ Aquellos obligados al pago que tengan la condición de jubilados, pensionistas o
perceptores de la renta mínima de inserción social, familias numerosas, mujeres víctimas
de violencia de género y unidades familiares donde al menos dos de sus miembros en
edad de trabajar se encuentren en situación de desempleo, o se trate de unidad familiar
compuesta de un solo miembro, en estas circunstancias.
➢ Se trate de su vivienda habitual (propiedad, alquiler, precario).
➢ No poseer ningún otro bien inmueble patrimonial que no sea el de su vivienda habitual,
excluyéndose de dicho cómputo los bienes de carácter funerario (nichos, columbarios,
depósitos cinerarios, depósitos de restos, sepulturas, panteones y capillas).
➢ Estar al corriente en el pago de la tasa o tarifa girada por la prestación del servicio de
gestión de residuos domiciliarios.
➢ Los ingresos anuales brutos totales del beneficiario y su cónyuge (o pareja de hecho)
correspondientes a la declaración de la renta del último ejercicio (2021) no superen 1,5
veces el indicador de Rentas Públicas con Efectos múltiples (IPREM) y acrediten que no son
titulares de ningún otro bien inmueble patrimonial que no sea su vivienda habitual, salvo
los de carácter funerario indicado en la Ordenanza. Los mismos criterios se aplicarán a
las mensualidades del ejercicio en el que se presente la solicitud en curso (2023).
➢ Si el recibo aún consta a nombre del titular incorrecto, el interesado con derecho a ello
que resida en la vivienda ha de solicitar el cambio de titularidad al mismo tiempo que
rellena la solicitud de reducción.
Más información e instancia de solicitud: